quinta-feira, 17 de outubro de 2013

Nuestra definición de Derecho Administrativo Internacional

Empecé la nueva serie de este espacio haciendo la pregunta sobre la existencia del Derecho Administrativo Internacional (aquí).

Esta es nuestra propuesta para la definición sintética del Derecho Administrativo Internacional: es el conjunto de normas internacionales destinadas a la regulación de las competencias, de las actividades y de las relaciones jurídicas de la Administración Pública Internacional , que se materializa a través de las organizaciones internacionales intergubernamentales.

Las normas nacionales de Derecho Administrativo que tengan efectos sobre las personas o bienes extranjeros siguen disciplinando a la Administración Pública nacional y no a la internacional.

Las normas derivadas de organismos internacionales privados pueden manejar los asuntos de naturaleza administrativa, pero no derivan de la firma de los tratados internacionales. Al revés se derivan de las prácticas privadas que proponen que sean reconocidas y adoptadas por los países. Ejemplo: el ICANN (Corporación de Internet para la Asignación de Nombres y Números de Internet) coordina, en el mundo, el establecimiento de lugares y nombres en Internet. La conocida escuela de Manhattan de la Universidad de Nueva York cree que las normas como éstas traducen lo que llaman de Derecho Administrativo Global (Global Adnministrative Law - GAL) . Volveremos a hablar del GAL en este espacio.

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